domingo, 05 septiembre 2010

La Sociedad Colectiva

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Una sociedad colectiva, en Derecho mercantil, es uno de los posibles tipos de sociedad mercantil que pueden constituirse entre varios socios para la realización de una actividad comercial. La sociedad colectiva tiene como rasgo principal y que le diferencia de otros tipos de sociedades como la sociedad anónima o de responsabilidad limitada, el hecho de que la responsabilidad por las deudas de la sociedad es ilimitada. Esto significa que en caso de que su propio patrimonio no sea bastante, para cubrir todas las deudas lo que normalmente la llevará a un procedimiento concursal quiebra, suspensión de pagos o similares los socios deben responder con su propio patrimonio del pago de las deudas pendientes a los acreedores.


asociacionesLa sociedad colectiva, es heredera de la sociedad mercantil originaria (sociedad de mercaderes o societas mercatorum de la Edad Media) y, como tal, una de las formas societarias mercantiles más antiguas que existen. No obstante, la ausencia de limitación de responsabilidad para sus socios ha hecho que haya ido desapareciendo de forma gradual.


Actualmente, la forma predominante de sociedad mercantil, es la sociedad de responsabilidad limitada, en sus distintas variantes, quedando otras sociedades como la sociedad colectiva reducida a un papel marginal en el tráfico comercial. En algunos países, su régimen legal es el aplicable para las sociedades mercantiles que no han cumplido con la obligación de registro (sociedad irregular).

 
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